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Bombero · Legislación

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Legislación

Bombero

Protección civil y emergencias. Fuente: Wikipedia (CC BY-SA 4.0).

15 fichas9 preguntas de test3 apartados de resumen

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Conceptos, historia y estructura de la Protección Civil

  • Protección Civil: actividades para proteger a la población ante desastres naturales o antrópicos
  • Agrupaciones Municipales de Voluntarios: gestionadas por los ayuntamientos en España
  • Creación: 12 de agosto de 1949 (Protocolo adicional al Tratado de Ginebra)
  • Promulgación en México: 22 de diciembre de 1983
  • Símbolo internacional: estipulado en el artículo n.º 66 del Protocolo de 1949
  • Requisitos del símbolo: debe ser neutral, apolítico y laico
  • Gestión de riesgo: incluye prevención (largo, medio y corto plazo), alerta, mitigación y reconstrucción
  • Voluntariado: relación gratuita y desinteresada con derecho a seguro
  • Menores de edad: permitidos solo en formación, prohibidos en operativos
  • Agrupaciones Locales: supervisadas por técnicos del Ayuntamiento
  • Asociaciones de Voluntarios: ONGs independientes con convenios de colaboración
  • REMER: Red Nacional de Radio de Emergencia integrada por radioaficionados
  • REMER: creada en 1986 y transformada en 2018

Técnicos de Protección Civil y Unidades de Apoyo ante Desastres (UAD)

  • Competencia municipal (>20.000 hab.): Ayuntamientos (LRBL art. 25.c y 29)
  • Competencia municipal (<20.000 hab.): Diputaciones Provinciales y Cabildos Insulares
  • Norma Básica 393/2007: Ayuntamientos deben visar planes de autoprotección e inspeccionarlos
  • Requisito >20.000 hab.: Obligación de tener un plan de emergencia territorial
  • Funciones técnicos: Coordinación de planes de emergencia y ejercicio de autoridad
  • Diferenciación: Técnicos (profesionales) vs. Voluntarios (actividad no profesional, voluntaria y altruista)
  • UAD: Grupos profesionales para apoyo en catástrofes (nacionales e internacionales)
  • UAD: Alineadas con OCHA (ONU) y Mecanismo Europeo de Coordinación de Protección Civil
  • Supresión UAD: Real Decreto 701/2013 (art. 2)
  • Motivo supresión: Duplicidad con la UME y desarrollo de módulos de la UE y ONU
  • Informe de referencia: Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA)

Marco Legal y Evolución de la Protección Civil en México y el Mundo

  • Definición: Prevención, auxilio y recuperación ante desastres (Ley de 2000).
  • CENAPRED: Organismo desconcentrado bajo la Secretaría de Gobernación (creado en 1988, inaugurado en 1990).
  • Apoyos clave: Japón (técnico/económico) y UNAM (terreno/académico).
  • ENAPROC: Escuela adscrita al CENAPRED para formación profesional.
  • Técnico Básico en Gestión Integral de Riesgos: Duración de 6 bimestres (desde 2014).
  • FORIN-PC: Programa de Formación de Instructores en Protección Civil con 3 niveles.
  • Venezuela: Marco legal en Constitución (Art. 332) y Ley de 2001.
  • Francia: Denominado Sécurité Civile.
  • Portugal: Autoridade Nacional de Protecção Civil.

Vista previa de las fichas (6 de 15)

  1. 01

    En España, ¿cómo se denominan los colectivos de voluntarios de Protección Civil gestionados por los ayuntamientos?

    Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil

  2. 02

    En el Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra de 1949, ¿qué artículo estipula el emblema internacional de Protección Civil?

    Artículo n.º 66

  3. 03

    En la gestión de riesgos, ¿en qué fase actúa la Protección Civil tras haber pasado la situación de emergencia?

    Programas de reconstrucción

  4. 04

    Respecto a los menores de edad en Protección Civil, ¿en qué actividades NO pueden participar?

    Preventivos u operativos (ej. incendios, intervenciones sanitarias)

  5. 05

    ¿Cuál es la diferencia principal de dependencia entre las Agrupaciones y las Asociaciones de Voluntarios?

    Las Agrupaciones dependen de los ayuntamientos; las Asociaciones son ONG independientes.

  6. 06

    Según el art. 25.c LRBL, ¿qué ayuntamientos tienen competencias en materia de Protección Civil?

    Los de más de 20.000 habitantes.

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