Se copia a tu biblioteca con todas las funciones (audio, generar más, pregúntale al profesor) sin gastar de nuevo la IA en fichas/test. "Añadir todo el bloque" trae también el resto de temas de esta misma categoría.
Actos Procesales
Justicia, Auxilio Judicial
El proceso judicial y sus actos. Fuente: Wikipedia (CC BY-SA 4.0).
Regístrate para entrar en «Actos Procesales»
Ver el temario y sus bloques es libre. Abrir el tema completo — resumen, test, fichas y audio — es gratis pero requiere una cuenta, para guardar tu progreso y que esto siga siendo sostenible para todos.
Lo que tienes que saber
Leer la teoría completa →Conceptos fundamentales, naturaleza y categorías del proceso judicial
- Actos jurídicos: aplicación de ley general a casos concretos por el Estado o las partes.
- Proceso judicial: medio constitucional para la tutela de intereses legítimos.
- Momento constitucional: instrumento de tutela de derechos.
- Momento dinámico: articulación concreta de la función jurisdiccional.
- Procedimiento: normas generales que regulan trámites y actos.
- Proceso: incluye procedimiento, relaciones entre sujetos, objeto y finalidad de composición del litigio.
- Juicio: acción de juzgar; Proceso: medio para juzgar.
- Jurisdicción voluntaria: ausencia de contradicción, no hay pronunciamiento sobre el fondo ni cosa juzgada.
- Diferencia de fondo: la jurisdicción voluntaria busca perfeccionar relaciones imperfectas ante la imposibilidad de los particulares.
- Relación jurídica procesal: concepto que explica la unidad y estructura del proceso.
- Teoría contractualista: proceso como acuerdo de voluntades (litis contestatio).
- Proceso penal: no admite teoría contractualista por basarse en el imperium estatal.
- Teoría del cuasicontrato: consentimiento tácito (considerada insuficiente por la doctrina).
- Corriente publicista: el proceso es una relación jurídica pública.
Teorías publicistas del proceso: Relación jurídica y Situación jurídica
- Teorías publicistas: El proceso se fundamenta en el Derecho público.
- Relación jurídica (Von Büllow): Nexo de derechos y deberes recíprocos entre juez y partes.
- Litis contestatio: Momento de origen de la relación jurídica procesal.
- Obligaciones básicas: El juez debe decidir y las partes deben someterse a la resolución.
- Presupuestos procesales: Requisitos de admisibilidad previos a la tramitación.
- Autonomía: El Derecho procesal es una ciencia autónoma distinta del Derecho material.
- Situación jurídica (Goldschmidt): El proceso es un conjunto de situaciones transitorias.
- Incertidumbre: Característica esencial del proceso donde solo existen expectativas de derechos.
- Carga: Imperativo del propio interés sin sanción por incumplimiento.
- Obligación: Imperativo nacido del interés del Estado o de un tercero con sanción.
Teorías y características del proceso y sus principios
- Proceso como institución: unión de una idea común (satisfacción de pretensión) y voluntades particulares
- Caracteres del proceso: jerarquía, universalidad, permanencia y elasticidad formal
- Rechazo del proceso como servicio público: no es compatible con el proceso penal y es consustancial al Estado de Derecho
- Fase de prueba: periodo abierto por resolución para proponer y practicar pruebas
- Unidad del proceso: resuelve una cuestión principal pero admite incidentes (procedimientos secundarios)
- Cuestiones de hecho: discusión sobre antecedentes
- Cuestiones de derecho: discusión sobre interpretación jurídica
- Iniciación: por acción del demandante o de oficio
- Resolución: por sentencia de término o por auto
- Diferencia clave: principio dispositivo (civil/laboral/contencioso) vs. impulso judicial (penal)
- Principios formativos: bilateralidad/unilateralidad, de oficio/instancia, oralidad/escrituración, publicidad/secretismo, inmediatividad/mediatividad, contradictorio/inquisitivo, concentración/continuidad, formalismo/aformalismo, prelusion/elasticidad, economía y buena fe
- Tipos de procesos: conocimiento, ejecución y cautelar
- Estructuras: ordinaria y no ordinaria (extraordinario o monitorio)
- Principio fundamental de estructura: igualdad entre las partes
Estructura y principios del sistema jurisdiccional en España
- La Constitución es de aplicación directa e inmediata (art. 9.1)
- Potestad jurisdiccional: competencia exclusiva de jueces para juzgar y ejecutar (art. 117 CE)
- Principios de la potestad: independencia, unidad, exclusividad y sometimiento a la ley
- Control judicial: vigilancia de la legalidad de la actuación administrativa (art. 106.1 CE)
- Independencia frente a la sociedad: regulada por estatuto orgánico propio
- Independencia frente a otros poderes: mediante reserva de ley orgánica
- Independencia frente a las partes: basada en el deber de imparcialidad y obligación de abstención
- Responsabilidad judicial: de carácter penal, civil o disciplinario
- Consejo General del Poder Judicial: órgano con facultades disciplinarias sustantivas
- Acción: derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE)
- Naturaleza de la acción: derecho subjetivo, público y fundamental
- Debido proceso: regulado en el art. 24.2 CE
- Normas procesales: generalmente ius cogens, excepto las dispositivas
- Deber de resolver: prohibición del non liquet (art. 1, apdo. 7º Código Civil)
Definición de proceso judicial y procedimiento en Chile
- Proceso judicial: método de solución de conflictos mediante un tercero
- Decisión del tercero: es de cumplimiento obligatorio para las partes
- Procedimiento: es la sucesión de ritualidades externas para ejecutar el proceso
- Diferenciación: el proceso es el método de solución y el procedimiento es la forma externa
Vista previa de las fichas (6 de 25)
- 01
En el momento dinámico o procesal, ¿qué es el proceso?
Articulación concreta que posibilita el rogado desarrollo de la función jurisdiccional.
- 02
Diferencia clave entre proceso y procedimiento (enfoque del procedimiento):
Alude solo a un aspecto formal o actividad externa (sucesión de actos).
- 03
¿Qué incluye el concepto de proceso además del procedimiento legalmente previsto?
Relaciones entre sujetos intervinientes y con el objeto del proceso.
- 04
Característica principal de los actos de jurisdicción voluntaria respecto a la contradicción:
Ausencia de contradicción (carácter no litigioso).
- 05
¿Por qué la resolución en actos de jurisdicción voluntaria no produce efectos de 'cosa juzgada'?
Porque el órgano no emite pronunciamiento sobre el fondo ni ejercita potestad jurisdiccional.
- 06
Según Von Büllow, ¿qué característica define la autonomía de la relación jurídica procesal?
Independencia de la relación jurídica material.
+ 19 fichas más, 15 preguntas de test y audio al registrarte (gratis).