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Legislación Sanitaria

Sanidad, TCAE

El Sistema Nacional de Salud español: organización y principios. Fuente: Wikipedia (CC BY-SA 4.0).

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El Sistema Nacional de Salud: Marco, Historia y Evolución Normativa

  • Sistema Nacional de Salud: servicios sanitarios públicos de España
  • Universalidad: alcanzada en 1989
  • Financiación: a través de diferentes tipos de impuestos
  • Competencia: transferida a las Comunidades Autónomas (descentralización)
  • Gestión directa del Gobierno: solo en Ceuta y Melilla (vía INGESA)
  • Misión: Financiación pública, universalidad, calidad y seguridad
  • Ley de 1855: crea la Dirección General de Sanidad
  • Ley de 1934: Ley de Coordinación Sanitaria (propone Ministerio de Sanidad)
  • Ley de 1942: crea el Seguro Obligatorio de Enfermedad (SOE)
  • Ley de 1974: reestructura el SOE en la Ley General de la Seguridad Social
  • Ley General de Sanidad (25 de abril de 1986): crea el Ministerio de Sanidad y las Consejerías
  • Base Constitucional: Art. 43 y 49 de la Constitución de 1978

Marco normativo y organización del Sistema Nacional de Salud

  • Derecho a la salud: fundamentado en los artículos 43 y 49 de la Constitución.
  • Sujetos con derecho: ciudadanos y extranjeros residentes en España.
  • Competencias: las Comunidades Autónomas gestionan y dirigen los servicios sanitarios.
  • Rol del Estado: encargado de la coordinación y definición de principios comunes (art. 149.1.16).
  • Ley 16/2003: busca equidad, calidad y participación social en el SNS.
  • Ámbitos de colaboración: prestaciones, farmacia, profesionales, investigación, información y calidad.
  • Órgano de cohesión: Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
  • Seguimiento de acuerdos: responsabilidad de la Alta Inspección.
  • Acción protectora (Ley Seguridad Social): incluye asistencia sanitaria, recuperación profesional y diversas prestaciones económicas (jubilación, desempleo, invalidez, etc.).

Estructura del Ministerio de Sanidad y el Consejo Interterritorial del SNS

  • Ministerio de Sanidad: responsable de política de salud, planificación y asistencia sanitaria.
  • Estructura orgánica del Ministerio: regulada por el Real Decreto 735/2020.
  • CISNS: órgano de coordinación general entre Estado y comunidades autónomas.
  • Funcionamiento del CISNS: Pleno, Comisión Delegada, Comisiones técnicas y Grupos de Trabajo.
  • Reuniones del Pleno: mínimo 4 veces al año.
  • Presidencia del CISNS: ostentada por el Ministro de Sanidad.
  • Vicepresidencia del CISNS: elegida por los Consejeros de las comunidades autónomas.
  • Acuerdos del CISNS: se plasman mediante recomendaciones (consenso) o convenios.
  • Funciones del CISNS: incluyen cartera de servicios, seguridad de centros, movilidad de profesionales y financiación de medicamentos.
  • Competencias autonómicas: incluyen las de sus estatutos, las transferidas y las no reservadas expresamente al Estado.

Financiación, competencias y organización del Sistema Nacional de Salud

  • Financiación: Impuestos generales para prestaciones sanitarias y farmacéuticas
  • Responsabilidad: Las CC.AA. gestionan la sanidad en sus territorios
  • Cartera de servicios: Acordada por el Consejo Interterritorial y publicada por Real Decreto
  • Requisito de carteras: Las CC.AA. deben incluir la cartera del Sistema Nacional de Salud
  • Ayuntamientos: Responsables de control ambiental, industrial, de edificios, alimentos y cementerios (Art. 42 Ley General de Sanidad)
  • Servicio Público de Salud: Nombre genérico del conjunto de servicios de todas las CC.AA.
  • Coordinación: El Consejo Interterritorial es el órgano de coordinación (Ley 16/2003)
  • Ceuta y Melilla: Sanidad gestionada por el INGESA
  • Derecho constitucional: La salud es un derecho reconocido en el art. 43 de la Constitución
  • Seguridad Social: Régimen público para todos los ciudadanos (Art. 41 CE)
  • Extranjeros: Derechos sanitarios regulados por la Ley Orgánica 4/2000

Derechos de los extranjeros, financiación y organización del Sistema Nacional de Salud

  • Extranjeros: derechos y libertades bajo igualdad con españoles
  • Residentes: derecho a actividad remunerada y Seguridad Social
  • Extranjeros no registrados: derecho a atención sanitaria en mismas condiciones que españoles (RD-ley 7/2018)
  • Procedimiento reconocimiento derecho sanitario: regulado desde 2026 (RD 180/2026)
  • Evolución cobertura sanitaria: del 77% (1977) al 99,6% (1995)
  • Responsabilidad financiación: Comunidades Autónomas
  • Financiación contingencias profesionales: mediante primas de accidente y enfermedad
  • Nuevas prestaciones: requieren memoria económica y aprobación del Consejo de Política Fiscal y Financiera
  • Tarjeta sanitaria: documento administrativo para acreditar acceso a prestaciones
  • Historia clínica: único documento válido clínico y legal
  • Historia Clínica Digital (HCDSNS): garantiza acceso remoto y confidencialidad

Estructura y niveles de atención del Sistema Nacional de Salud

  • Área de Salud: circunscripción administrativa de centros y profesionales de atención primaria.
  • Nombres alternativos del Área de Salud: Dirección de sector, comarca, distrito o departamento.
  • Zona Básica de Salud: unidad geográfica con hospital general y centro de especialidades.
  • Población Zona Básica (Andalucía): entre 5.000 y 20.000 habitantes.
  • Atención Primaria: nivel básico, inicial, gestor y coordinador de casos.
  • Funciones Atención Primaria: promoción, educación, prevención, asistencia, mantenimiento, rehabilitación y trabajo social.
  • Atención Especializada: nivel superior para pacientes que superan las posibilidades de atención primaria.
  • Especialidades médicas en España: 50 reconocidas en 2010.
  • Atención Sociosanitaria: sinergia de servicios sanitarios y sociales para enfermos crónicos.
  • Procesos Atención Sociosanitaria: cuidados de larga duración, convalecencia y rehabilitación de déficit funcional.
  • Profesionales colegiados (2023): 937.370 personas tituladas.
  • Colectivo más numeroso: profesionales de enfermería.
  • Centro sanitario: conjunto de medios técnicos e instalaciones para actividades sanitarias (RD 1277/2003).

Tipos de centros y establecimientos sanitarios

  • Consultorios: atención primaria no especializada en núcleos rurales.
  • Cifra: 10.178 consultorios locales en España (2007).
  • Centro de salud: estructura para atención primaria integral, permanente y coordinada.
  • Cifra: 2.913 centros de salud en España (2007).
  • Centros especializados: atienden patologías específicas o grupos de edad determinados.
  • Cirugía mayor ambulatoria: requiere anestesia pero no ingreso hospitalario.
  • Bancos de tejidos: conservación para autoinjertos o aloinjertos.
  • Establecimientos especializados: centros privados con personal técnico acreditado.
  • Oficinas de farmacia: privadas de interés público reguladas por Ley 16/1997.
  • Botiquines: para zonas con dificultades de accesibilidad.
  • Ópticas: evaluación visual y venta de medios de prevención/mejora.
  • Ortopedias: dispensación de prótesis, órtesis y ayudas técnicas.
  • Centros de audioprótesis: productos para deficiencias auditivas con adaptación individual.

Definición, clasificación y organización de los hospitales y centros sanitarios

  • Hospital: establecimiento para internamiento y asistencia especializada
  • Complejo hospitalario: dos o más centros integrados (contabilizados como uno solo)
  • Clínica: centro sanitario generalmente privado con múltiples especialidades
  • Ley 14/1986: hospitales deben atender la mayor complejidad y realizar docencia/investigación
  • Camas instaladas: dotación fija disponible para uso
  • Hospital general: atiende medicina, cirugía, obstetricia, ginecología y pediatría
  • Conciertos sanitarios: acuerdos con entidades privadas bajo normativa de contratación administrativa
  • Dependencia patrimonial: propiedad del inmueble (ej. Tesorería General de la Seguridad Social)
  • Censo 2008: 131.310 camas para patologías agudas (72,1% gestionadas por el SNS)
  • Censo 2008: 301 hospitales SNS, 8 Ministerio Defensa, 22 MATEP, 469 privados
  • Art. 7 Ley de cohesión: establece el catálogo de prestaciones (preventivas, diagnósticas, terapéuticas, etc.)
  • Art. 11 Ley de cohesión: define las líneas básicas de salud pública

Prestaciones de salud pública y niveles asistenciales del SNS

  • Salud pública: acciones colectivas para proteger, promover y preservar la salud.
  • Actuaciones de salud pública: vigilancia epidemiológica, control de riesgos en tránsito internacional y sanidad ambiental/laboral.
  • Atención primaria: eje de promoción, prevención, educación sanitaria y rehabilitación.
  • Adolescentes: prevención de adicciones, trastornos alimentarios y educación sexual.
  • Mujeres: atención embarazo/puerperal, cáncer ginecológico/mama, climaterio y planificación familiar.
  • Pediatría: seguimiento nutricional, desarrollo, prevención de accidentes y vacunaciones.
  • Geriatría: seguimiento de mayores y atención domiciliaria a inmovilizados.
  • Protección social: detección de violencia de género y malos tratos a menores, ancianos y discapacitados.
  • Salud bucodental: servicios asistenciales, diagnósticos y preventivos.
  • Paciente terminal: atención integral y continuada en domicilio o centro.
  • Salud mental: prevención y promoción coordinada con el nivel especializado.
  • Atención especializada: consultas externas, hospital de día e internamiento.
  • Servicios especializados: cuidados intensivos, hemoterapia, nutrición, reproducción asistida, etc.
  • Procedimientos especializados: diagnóstico prenatal, imagen, hemodinámica, biopsias, radioterapia, diálisis y trasplantes.
  • Urgencia médica: atención inmediata las 24 horas en centros, domicilio o lugar del suceso.
  • Urgencia médica: uso de equipos móviles (ambulancias/helicópteros) para traslados graves.
  • Cartera común SNS: incluye servicios básicos, suplementarios y accesorios.
  • Cartera complementaria: servicios adicionales incorporados por las comunidades autónomas.

Carteras de servicios del Sistema Nacional de Salud y prestaciones farmacéuticas

  • Cartera común básica: prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y transporte urgente (financiación pública total).
  • Cartera común suplementaria: dispensación ambulatoria con aportación del usuario (farmacéutica, ortoprotésica, dietéticos y transporte no urgente).
  • Transporte no urgente: requiere prescripción facultativa por razones clínicas.
  • Prestación farmacéutica: medicamentos autorizados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios o fórmulas magistrales.
  • Exclusiones farmacéuticas: cosméticos, dietéticos, dentífricos, homeopáticos y productos publicitarios pagados por el público.
  • Farmacia hospitalaria: financiación 100% pública (gratis para el paciente).
  • Pensionistas: aportación del 10% (con topes por renta); MUFACE: 30%.
  • No pensionistas: aportación del 40% al 60% según renta; MUFACE: 30%.
  • Síndrome tóxico: medicamentos gratis.
  • Tratamientos crónicos y SIDA: aportación del 10% con tope de 2,64 euros por receta.
  • Prestación ortoprotésica: incluye prótesis fijas, externas, vehículos para inválidos, ortesis y audífonos para niños hasta 16 años.
  • Productos dietéticos: tratamientos dietoterápicos complejos como elemento adicional necesario.
  • Cartera de servicios accesorios: actividades no esenciales o coadyuvantes para patologías crónicas con aportación o reembolso.
  • Base de cálculo para aportaciones: precio final del producto o precio final de facturación del SNS.

Cartera de servicios, demografía y gestión sanitaria en España

  • Las CCAA pueden añadir servicios extra a la cartera común con recursos propios.
  • Población total (1 de julio 2026): 49.801.559 habitantes.
  • Porcentaje de nacidos fuera de España: 20,66 %.
  • Estructura poblacional: 19 % (<20 años), 32 % (20-40), 28 % (40-60), 21 % (>60).
  • Tendencia demográfica: Envejecimiento poblacional y aumento de demanda sanitaria.
  • España obtuvo puntuación máxima en Salud (Foro Económico Mundial 2020).
  • Indicador clave: Esperanza de vida saludable (mortalidad y discapacidad).
  • Ley 15/1997: Permitió hospitales públicos de gestión privada y servicios no asistenciales.
  • Primer hospital con gestión privada: Hospital de Alcira (1999).
  • Figura legal de gestión: Fundaciones sanitarias.
  • Madrid (2012): Proyecto de privatización de 6 hospitales y 10 % de atención primaria.
  • Suspensión en Madrid (2014): Ordenada por el Tribunal Superior de Justicia.
  • Dificultad jurídica: Reversión de servicios privatizados a gestión pública (especialmente personal).

Bibliografía y normativa del Sistema Nacional de Salud

  • Ley 14/1986: Ley General de Sanidad
  • Ley 16/2003: Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud
  • Ley 29/2006: Ley de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios
  • Nomenclátor DIGITALIS-INTEGRA: Información sobre productos de prestación farmacéutica del SNS
  • Catálogo de Centros de Atención Primaria: Publicado en 2012 por el Ministerio de Sanidad
  • Consejo Interterritorial: Órgano de organización institucional del Ministerio de Sanidad
  • Ordenación Sanitaria: Documento de 2011 sobre la organización de las comunidades autónomas

Vista previa de las fichas (6 de 40)

  1. 01

    Desde qué año la asistencia sanitaria en España es universal y sostenida por impuestos:

    1989

  2. 02

    Tras la disolución del INSALUD en 2002, ¿a qué entidades se transfirió la competencia sanitaria?

    Comunidades autónomas

  3. 03

    ¿En qué territorios presta el Gobierno central directamente el servicio sanitario a través del INGESA?

    Ceuta y Melilla

  4. 04

    ¿Cuál fue el objetivo fundamental de la Ley de Coordinación Sanitaria de 11 de julio de 1934?

    Acentuar la intervención estatal en la organización de los servicios sanitarios locales

  5. 05

    ¿Qué ley de 1942 creó el Seguro Obligatorio de Enfermedad (SOE)?

    Ley de 14 de diciembre de 1942

  6. 06

    Según los artículos 43 y 49 de la Constitución, ¿qué derecho tienen todos los ciudadanos?

    Derecho a la protección de la salud.

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