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Derecho

Universidad

Introducción al Grado en Derecho. Fuente: Wikipedia (CC BY-SA 4.0).

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Concepto, clasificación y etimología del Derecho

  • Derecho: sistema de normas y principios con carácter coactivo
  • Ordenamiento jurídico: conjunto de normas vigentes en un Estado
  • Derecho comparado: análisis de diferencias entre ordenamientos
  • Derecho público: regula la actuación de los poderes públicos
  • Derecho privado: regula relaciones entre personas físicas y jurídicas
  • Ramas del derecho público: constitucional, administrativo y penal
  • Ramas del derecho privado: civil, mercantil y laboral
  • Derecho internacional: se divide en público y privado
  • Etimología: deriva del latín *directum* (lo que está conforme a la norma)
  • Distinción histórica: diferencia entre lo lícito (legal) y lo honesto (moral)

Concepto, naturaleza y clasificación del Derecho

  • Derecho: sistema de normas generales, obligatorias y con sanción coactiva.
  • Origen: mezcla de racionalidad, intereses políticos, socioeconómicos y valores sociales.
  • Armonía normativa: depende de la coincidencia de intereses políticos y estabilidad del poder.
  • Dificultad formal: la diversidad de órganos y momentos históricos genera heterogeneidad y lagunas jurídicas.
  • Jerarquía normativa: subordinación de normas por la facultad del órgano que las dicta.
  • Prevalencia: la norma especial prevalece sobre la general en casos específicos.
  • Derogación: la norma posterior anula la anterior.
  • Derecho objetivo: normas obligatorias creadas por el Estado (foco en la validez).
  • Derecho subjetivo: facultades individuales otorgadas por el ordenamiento jurídico.

Conceptos de Derecho Objetivo y Subjetivo y Evolución Histórica

  • Derecho objetivo: normas que regulan la convivencia y establecen derechos y obligaciones.
  • Derecho subjetivo: facultad o potestad de un sujeto otorgada por la norma jurídica.
  • Derechos políticos: sufragio, ser electo, asociación política y ser jurado.
  • Derechos personales o créditos: origen de las obligaciones correlativas.
  • Derechos reales: facultades ejercidas sobre cosas sin respecto a personas.
  • Origen estatal: institucionalización del derecho en la Edad Moderna.
  • Derecho consuetudinario: base de las primeras civilizaciones (Mesopotamia, Fenicia, Palestina, Egipto y Grecia).
  • Aporte romano: sistematización de derecho de familia, matrimonio, adopción, patria potestad, contratos y derechos reales.
  • Influencia humanista: Maquiavelo, Hobbes y Locke en la formación del derecho como instrumento del Estado.
  • Derecho continental: fisonomía positivista en Latinoamérica y Europa continental.

Realización y características del derecho

  • Eficacia: Requiere correspondencia entre norma y hecho (eficacia social/material).
  • Consenso: El objetivo es el acatamiento voluntario sin presión coercitiva.
  • Publicidad: Requisito previo de validez y inicio de la vida jurídica.
  • Vigencia: Por regla general, es por tiempo indeterminado desde su publicación.
  • Elaboración racional: Debe incluir análisis de causas, efectos y requisitos formales.
  • Instrumentación: Requiere normativa secundaria y órganos para su aplicación.
  • Principio de legalidad: Impide a órganos inferiores modificar o ampliar la norma.
  • Mandato popular: El ciudadano es el dueño del poder; el Estado debe proveer garantías.
  • Salvaguarda: La defensa de derechos y el orden van unidos a la legalidad.
  • Característica Normativa: El derecho es un sistema de reglas obligatorias en la realidad social.
  • Característica Bilateral: Relación de derechos y deberes entre dos partes.
  • Característica Coercible: Es exigible por la fuerza pública.
  • Característica de Sistema: El derecho es un conjunto organizado de normas.
  • Característica de Justicia: El derecho tiene una proyección hacia la justicia.

Características del Derecho y Fuentes

  • Bilateralidad: requiere interactividad entre dos o más personas
  • Heteronomía: la voluntad está sujeta a imperativos externos
  • Coercibilidad: exigencia de usar la fuerza para ejecutar la conducta prescrita
  • Incoercibilidad: característica de las normas de trato social (opuesto a la jurídica)
  • Inviolabilidad: resistencia de la norma ante la violación mediante la sanción
  • Sistema: normas orgánicamente correlacionadas con rango y prelación
  • Ordenamiento jurídico: conjunto de normas positivas coordinadas jerárquicamente
  • Pirámide de normas: representación clásica del sistema jurídico (Kelsen)
  • Círculos concéntricos: concepción actual del sistema jurídico
  • Justicia: elemento esencial y definitorio de la norma jurídica
  • Fuentes del derecho: hechos, actos u objetos que originan el derecho vigente

Fuentes del Derecho: Clasificación y Conceptos

  • Fuentes históricas: documentos antiguos que contienen leyes (ej. Código de Hammurabi)
  • Fuentes reales/materiales: factores sociales, políticos o económicos que motivan la norma
  • Fuentes formales: actos del Estado o sociedad para crear leyes (ley, costumbre, doctrina, jurisprudencia, principios generales, tratados)
  • Derecho Consuetudinario: derecho no escrito basado en la repetición de actos con fuerza de ley
  • Costumbre: puede suplir vacíos legales o derogar leyes inconvenientes
  • Perú: Art. 149° Constitución reconoce justicia consuetudinaria en comunidades campesinas y nativas
  • Perú: Art. 66° Ley Orgánica del Poder Judicial reconoce justicia de paz
  • Perú: Ley N.º 27908 reconoce la justicia de las rondas campesinas
  • Constitución: norma fundamental de un Estado soberano
  • Ley: precepto dictado por autoridad competente para el bien común
  • Jurisprudencia: interpretaciones reiteradas de tribunales
  • Acto jurídico: acto de autonomía privada con contenido preceptivo
  • Principios generales del derecho: fundamentos normativos generales del ordenamiento
  • Doctrina: opiniones de juristas en ensayos, tesis o manuales
  • Estatuto Corte Internacional de Justicia (Art. 38): tratados, costumbre, principios generales y fuentes auxiliares (doctrina/jurisprudencia)
  • Ex aequo et bono: posibilidad de fallar según lo bueno y equitativo en derecho internacional

Hermenéutica e Interpretación Jurídica

  • Hermenéutica: disciplina para descifrar el sentido y alcance de las expresiones jurídicas.
  • Interpretación: determinación del sentido de la norma en un caso concreto y práctico.
  • Interpretación auténtica: realizada por el mismo autor de la norma.
  • Interpretación no auténtica: realizada por un tercero distinto al autor.
  • Interpretación declarativa: coincide con el tenor literal.
  • Interpretación extensiva: aplica a más casos que el tenor literal.
  • Interpretación restrictiva: aplica a menos casos que el tenor literal.
  • Tendencia subjetivista: el sentido es la voluntad del legislador.
  • Tendencia objetivista: el sentido es la finalidad intrínseca de la ley (predominante).
  • Escuela exegética: racionalismo, infalibilidad del legislador, omnipotencia de la ley y apego al tenor literal.
  • Escuela del Derecho libre: el juez no está sujeto al tenor literal y busca el derecho independiente del Estado.
  • Escuela histórica: prioriza el elemento histórico para captar el «espíritu del pueblo».
  • Escuela de la libre investigación científica: busca el fin social y la idea de justicia ante vacíos legales.

Escuelas de interpretación, elementos de la ley e integración jurídica

  • Escuela Teleológica (Ihering): El fin de la ley es su esencia y debe tener una finalidad social.
  • Escuela Formalista (Kelsen): Estructura piramidal donde la norma superior es un marco de posibilidades.
  • Sistema reglado: Normas claras de interpretación.
  • Sistema no reglado: Libertad de acción del juez para interpretar.
  • Elemento gramatical: Sentido del Diccionario de la lengua española (salvo definición expresa o técnica).
  • Elemento lógico: Análisis de la ratio legis y armonía interna de la ley.
  • Elemento histórico: Análisis de mensajes, mociones y actas de debates legislativos.
  • Elemento sistemático: Armonía entre el precepto y la totalidad del ordenamiento jurídico.
  • Interpretación de la costumbre: Predominan los elementos lógico y sistemático.
  • Interpretación de contratos: Reglas de buena fe, analogía y favor del deudor en puntos oscuros.
  • Integración jurídica: Construcción de norma ante la falta de solución para un caso genérico.
  • Lagunas normativas (de lege lata): Falta de solución en el derecho actual.
  • Lagunas axiológicas (de lege ferenda): Solución existente pero percibida como injusta o insuficiente.
  • Lagunas del derecho: Afectan a todo el sistema (rechazadas por Kelsen).
  • Lagunas de ley: Afectan solo al derecho legislado y son integrables por el juez.
  • Lagunas de conocimiento y reconocimiento: Distinción de Alchourrón y Bulygin.

Lagunas normativas, mecanismos de integración y ramas del derecho

  • Lagunas normativas: causadas por fallas en el sistema o problemas de subsunción.
  • Lagunas de conocimiento: falta de información sobre hechos particulares.
  • Lagunas de reconocimiento: falta de determinación semántica.
  • Razonamiento analógico: va de lo particular a lo particular similar (mezcla inducción y deducción).
  • Razonamiento deductivo: único absolutamente cierto (va de lo general a lo particular).
  • Razonamiento inductivo: problemático a menos que comprenda todos los casos particulares.
  • Doctrina romanista: principios generales son máximas de justicia del derecho romano.
  • Doctrina iusnaturalista: principios generales son anteriores y superiores al derecho positivo.
  • Doctrina iuspositivista: principios generales solo son exigibles si están en la norma jurídica.
  • Equidad natural: correctivo a la rigidez de la ley (summum ius summa iniuria).
  • Antinomia legal: contradicción entre normas con el mismo ámbito de vigencia.
  • Criterio de Jerarquía: norma superior prima sobre la inferior.
  • Criterio de Especialidad: norma especial prima sobre la general.
  • Criterio de Temporalidad: norma posterior prima sobre la anterior.
  • Derecho público: regula vínculos entre privados y el poder público o entre poderes públicos.
  • Derecho constitucional: normas fundamentales y constitutivas del Estado.
  • Derecho penal: estudio de la potestad punitiva (ius puniendi) y represión del crimen.
  • Derecho administrativo: regula la estructura y relaciones de la Administración pública.
  • Derecho internacional público: regula relaciones entre Estados y organizaciones internacionales.
  • Derecho laboral: ejemplo de área donde lo público y lo privado se mezclan.

Clasificación y definiciones de las ramas del Derecho

  • Derecho político: estudia mando, obediencia, formas de gobierno y sociología electoral.
  • Derecho constitucional: leyes fundamentales, derechos fundamentales y regulación de poderes públicos.
  • Derecho administrativo: administración pública, servicios públicos y seguridad jurídica.
  • Derecho migratorio: tránsito internacional, ingreso, permanencia y repatriación.
  • Derecho procesal: solución de conflictos, competencia de tribunales y actores del proceso.
  • Derecho internacional público: conducta de Estados y organismos internacionales (ej. ONU).
  • Derecho tributario/financiero: recaudación y clasificación de impuestos.
  • Derecho penal: definición de delitos, penas y medidas de seguridad.
  • Derecho privado: relaciones entre personas en situación de igualdad.
  • Derecho civil: vida ordinaria (familia, propiedad, sucesiones, contratos).
  • Derecho mercantil: actos de comercio, comerciantes y explotación de empresas.
  • Derecho internacional privado: conflicto de leyes, jurisdicción y nacionalidad en relaciones privadas.
  • Derecho social: protección de individuos socialmente débiles.
  • Derecho del trabajo: justicia social en relaciones laborales (individuales, colectivas y procesales).
  • Derecho económico: intervención y control del Estado en la actividad económica.
  • Derecho agrario: tenencia de tierras y actividad agrícola.
  • Derecho ecológico: protección del medio ambiente, uso sustentable y sanciones por daño ambiental.

Delito impropio de omisión

  • Delito impropio de omisión: conducta donde la relevancia penal surge por la falta de acción
  • Consecuencias de la omisión: daños, muertes o lesiones evitables
  • Ejemplo funcional: funcionario público que omite acatar un mandato legal o judicial
  • Ejemplo empresarial: no retirar productos defectuosos del mercado a pesar de conocer el fallo

Vista previa de las fichas (6 de 40)

  1. 01

    Etimología de la palabra derecho: ¿de qué voz latina deriva?

    directum

  2. 02

    Significado de la voz latina 'directum' en el contexto del derecho:

    lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma

  3. 03

    Según Ulpiano (siglo III d.C), ¿qué regula el derecho público?

    la actuación de los poderes públicos

  4. 04

    Según Ulpiano (siglo III d.C), ¿qué regula el derecho privado?

    las relaciones privadas entre personas físicas y jurídicas

  5. 05

    En la clasificación de Ulpiano, ¿qué ramas componen el derecho privado?

    civil, mercantil y laboral

  6. 06

    Según la RAE, ¿qué elementos integran la definición de derecho?

    Normas, principios, costumbres y concepciones jurisprudenciales y de la comunidad jurídica.

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